- Diputados federales recortaron programas enfocados a educación y salud del proyecto de PEF enviado por el presidente para crear nuevos fondos poco transparentes
- Los diputados excedieron su derecho de modificar el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación (DPEF) al crear nuevos fondos con objetivos poco claros, que facilitan el mal uso de recursos federales
- OSC impulsan juicio de amparo para frenar el ejercicio de los fondos irregulares y definir el alcance de las facultades de la Cámara de Diputados
- La fecha establecida para la audiencia constitucional a fin de resolver el juicio es el próximo 7 de julio
Diversas Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) interpusieron un juicio de amparo en contra de la Cámara de Diputados el pasado mes de febrero, con el fin de frenar los moches entre los diputados federales, es decir, el uso de dinero público para fines privados.
Entre dichas OSC se encuentran el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) y México Evalúa, las cuales designaron a Juan E. Pardinas como su representante común. También brindan apoyo a esta causa los abogados Gabriela Ríos Granados y José Roldán Xopa, así como el economista Jorge A. Chávez Presa.
El juicio de amparo se sustenta en el hecho de que en noviembre de 2015 los diputados federales excedieron su facultad constitucional para “modificar”[1] el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), “creando” nuevos fondos dentro del Ramo 23, los cuales no cuentan con objetivos, reglas de operación o mecanismos de evaluación claros. De acuerdo con la Constitución mexicana, la facultad de iniciativa para elaborar y definir el contenido del Proyecto de PEF solo recae en el Ejecutivo Federal.
De esta manera, los diputados federales se están atribuyendo competencias más allá de lo establecido en la Constitución para facilitar el uso discrecional y opaco de los recursos federales. Además, es importante destacar que los recursos utilizados para la creación de estos nuevos fondos irregulares provienen de recortes aprobados por los mismos diputados federales a programas en materia de salud y educación.
La motivación para la creación de los nuevos fondos irregulares es transferir recursos federales a las entidades federativas. Sin embargo, hay dos razones por las cuales ello levanta sospechas del actuar de los diputados federales:
- En primer lugar, si la meta era la reasignación de recursos, los diputados federales pudieron haber hecho uso de programas presupuestarios y fondos ya existentes en otros ramos administrativos, siempre y cuando la legislación lo permitiera.
- En segundo lugar, para reasignar recursos a los estados, los integrantes de la Cámara Baja debieron haber modificado la Ley de Coordinación Fiscal previo a la aprobación del Decreto del PEF, lo cual no ocurrió en esta ocasión.
Ante el juicio de amparo, la Procuraduría Fiscal de la Federación interpuso un recurso de queja contra su admisión, mismo que fue declarado sin fundamento por el Tribunal Colegiado Décimo Sexto de Circuito en Materia Administrativa el pasado 4 de mayo. Como resultado de ello, la resolución de fondo del juicio de amparo se retrasó durante dos meses.
Ahora, el Juzgado de Distrito que conoció inicialmente el amparo, fijó como nueva fecha para la audiencia constitucional el 7 de julio del presente año, con el fin de resolver la cuestión de fondo del amparo.
Es importante que el juicio de amparo se lleve a cabo en la fecha establecida, ya que de retrasarse nuevamente éste podría perder su validez, ya sea porque se agoten los recursos públicos destinados a los fondos en cuestión o porque el PEF 2016 haya perdido vigencia, lo cual ocurrirá el 31 de diciembre de 2016.
En este contexto, las OSC que promueven el juicio de amparo hacen un llamado a todos los involucrados para que el juicio pueda resolverse de manera justa, expedita y con apego a la ley, evitando nuevos aplazamientos innecesarios.
Es importante destacar que se trata de un juicio de amparo histórico, que abre la oportunidad para que, por primera vez, el órgano jurisdiccional dé muestras de que hay Estado de derecho y que incluso los diputados federales están obligados a respetar lo que la Constitución establece en materia de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación. Con ello también podrá pronunciarse para definir sobre el alcance de las facultades de la Cámara de Diputados en la creación de nuevos fondos, programas y proyectos con recursos federales cuando no fueron contemplados en el proyecto de PEF que prepara y envía el Jefe del Ejecutivo Federal.
[1] Fracción IV del artículo 74° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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*ACTUALIZACIÓN*
13 de octubre de 2016
*ACTUALIZACIÓN*
22 de noviembre de 2016
Después de siete meses de que diversas organizaciones de la sociedad civil interpusieran un juicio de amparo en contra de la Cámara de Diputados con el fin de frenar los moches entre los diputados federales, éste se negó por ir en contra de los principios del Juicio de amparo.
El siguiente paso es presentar un recurso de revisión para que lo atraiga la Suprema Corte de Justicia de la Nación y así aclarar las facultades de la Cámara de Diputados y sentar un precedente que rompa la lógica de discrecionalidad y opacidad en la distribución del dinero público.
*ACTUALIZACIÓN*
Cronología (2016)
- 17 de febrero: Inicia trámite de demanda de amparo ante el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
- 24 de octubre: Después de diversos momentos que interrumpieron el desarrollo del procedimiento, como que el Juez haya solicitado una licencia académica o que la contraparte haya interpuesto recursos legales para retrasar la sentencia del Juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, se sobreseyó el amparo (es decir, quedó sin materia el amparo).
- 2 de diciembre: Se interpuso un recurso de revisión en contra de la sentencia de 24 de octubre y le toca resolverlo al Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
¿Qué sigue a partir del 1 de enero de 2017?
Toda vez que ha concluido el año de vigencia del Presupuesto de Egresos que dio lugar al amparo contra moches, lo que procede es que el Tribunal Colegiado que conoció del recurso de revisión resuelva el sobreseimiento, porque ya no tiene razón de ser. Es decir, el presupuesto 2016 ya concluyó. Sin embargo, el mencionado Tribunal ha manifestado que por carga de trabajo resolverá hasta la segunda semana de marzo de 2017 y eso va en contra de la justicia pronta y expedita que postula el Poder Judicial.