EDUCACIÓN
- Reconocemos los esfuerzos de la SEP para establecer e implementar reglas claras y sanciones a quienes incumplen la ley afectando a los niños y jóvenes de México
- Aplaudimos el extraordinario ejemplo de compromiso de los cientos de miles de docentes que cumplieron con su responsabilidad de dar clases
- Hacemos un llamado a los gobiernos de Chiapas, Guerrero, Michoacán y Oaxaca a asumir su responsabilidad y cumplir con la Ley, dando seguimiento al proceso de sanción
- Reiteramos la importancia de que este proceso se lleve a cabo con transparencia[1] para generar certidumbre entre las familias, los maestros y la sociedad civil
La implementación de la Reforma Educativa y el avance de la profesionalización docente han generado descontento entre cúpulas de secciones sindicales que durante décadas se beneficiaron de mantener el control sobre el Magisterio con la venta y herencia de plazas, así como el goce de sueldos de miles de comisionados. Históricamente, la aplicación selectiva y discrecional de las leyes educativas ha beneficiado a estos grupos a costa del avance de la Reforma y la educación en nuestro país.
Hoy, reconocemos los esfuerzos de la Secretaría de Educación Pública (SEP) en los últimos meses para avanzar en la implementación de reglas claras y sanciones a quienes insisten en incumplir la ley afectando a los más vulnerables: los niños y jóvenes de México, así como a sus familias. También aplaudimos el extraordinario ejemplo de compromiso de los cientos de miles de docentes que, incluso enfrentando amenazas, presiones y escuelas cerradas[2], cumplieron con su responsabilidad de dar clases.
Desde finales de 2015, la firme implementación de la Ley ya muestra resultados claros, evidencia de ello es el debilitamiento del poder de convocatoria de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en sus recientes llamados nacionales a paros y cierres de escuelas.
La Ley de Servicio Profesional Docente (LSPD), en el artículo 76, establece separar del servicio al personal que acumule tres faltas consecutivas sin justificación. En este sentido, la SEP ha anunciado la separación de 4,359 personas: 120 en Guerrero, 1,620 maestros en Michoacán y 1,279 maestros en Oaxaca con faltas el 16, 17, 18 y 19 de mayo y 1,340 maestros en Chiapas con faltas el 17, 18, 19 y 20 del mismo mes.
Hacemos un llamado a las cuatro entidades federativas mencionadas a asumir su responsabilidad y cumplir con la Ley, dando seguimiento al proceso de sanción. Los institutos estatales de educación deben ahora proceder con las notificaciones de separación del servicio al personal identificado y, posteriormente, como lo anunció el Secretario Nuño[5], reemplazar las plazas vacantes respetando las listas de prelación de resultados de las evaluaciones de ingreso al SPD de cada una de las entidades.
Reiteramos la importancia de que este proceso se lleve a cabo con transparencia[6] para generar certidumbre entre padres, maestros y la sociedad civil. Las listas del personal separado del servicio deben ser públicas, así como los nombres y orden de prelación de quienes ingresen a ocupar plazas dentro del Servicio Profesional Docente.
Causa en Común, Instituto de Fomento e Investigación Educativa, A.C.(IFIE), Instituto Mexicano para la Competitividad, A.C. (IMCO), Más Ciudadanía A.C., Mexicanos Primero, Suma Por la Educación
[1] Cumpliendo con normatividad vigente, Ley General de Educación, artículos 10,12,13,31,56 y 65.
[2] Reforma. 17 mayo 2016. Fracaso disidencia en paro magisterial. http://tinyurl.com/zhvmc7o
[3] Secretaría de Educación Pública, 2015: http://www.gob.mx/sep/prensa/comunicado-304-se-labora-con-normalidad-en-96-de-escuelas-en-el-pais-sep?state=published
[4] Secretaría de Educación Pública, 2016: https://www.gob.mx/sep/prensa/comunicado-228-aumenta-numero-de-maestros-que-regresan-a-las-aulas-en-cuatro-estados-sep
[5] Secretaría de Educación Pública. 19 mayo 2016. http://www.gob.mx/sep/prensa/conferencia-de-prensa-del-secretario-de-educacion-publica-aurelio-nuno-mayer-realizada-hoy-en-la-ciudad-de-mexico
[6] Cumpliendo con normatividad vigente, Ley General de Educación, artículos 10,12,13,31,56 y 65.
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